Oct 24

Retrasos en la devolución de la renta 2012

Este año 2013, la Agencia Tributaria ha agilizado los plazos a devolver y por ello, muchos de los contribuyentes que confirmaron el borrador de la Declaración de la Renta ya han recibido su devolución en la cuenta bancaria a los pocos días. Pero todavía hay muchos contribuyentes que no han cobrado el importe a devolver de la Declaración de la Renta. No obstante, debemos recordar que la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta finales de año.

Hacienda tiene una plazo máximo de hasta 6 meses desde que haya finalizado la campaña (es decir, desde el 1 de julio) para poder ordenar la transferencia a favor del contribuyente. Como fecha límite, podrás recibir la devolución de la Declaración de la Renta 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013. De lo contrario, Hacienda tendría que pagar intereses de demora tributarios desde el día siguiente a la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene el pago.

¿Por qué hay personas que aún no han cobrado?

Cuando presentamos la Declaración de la Renta (bien telemáticamente o físicamente), esta pasa por una base de datos y diferentes controles:

  •        Control aritmético: donde se cruzan los datos que tiene la Agencia Tributaria con los datos presentados por el contribuyente.
  •        Control normativo: donde se certifican que se cumplen todos los requisitos de las deducciones aplicadas.
  •        Investigación: donde se contrasta la información aportada por el contribuyente y  la que han facilitado las entidades bancarias, asociaciones, empresas, etc.

Tras pasar con éxito los controles, la Agencia Tributaria realiza las devoluciones mediante una criba informática. De este modo, las primeras devoluciones que se realizan son para aquellos contribuyentes que han confirmado el borrador de la Declaración de la Renta.

 

Las segundas devoluciones que realiza la Agencia Tributaria son las de las Declaraciones que se presentaron por vía telemática, y las últimas las que se enviaron de forma física a través de las oficinas de la Agencia Tributaria o sucursales bancarias.

 

Otro de los motivos por los que todavía no te han devuelto el importe de la Declaración de la Renta puede ser la no concordancia de los datos presentados en la Declaración de la Renta y los que tiene la Agencia Tributaria. En este caso, suele enviar una notificación para que el contribuyente aporte algún documento justificativo de tales rendimientos o deducciones.

En caso de que el retraso en el pago sea por errores u omisiones en la Declaración de la Renta presentada por el contribuyente, la Administración puede rectificar el resultado de la liquidación mediante la correspondiente liquidación provisional, modificando la cuantía de la devolución solicitada o determinando la improcedencia de la misma y notificando de este hecho al contribuyente.