marzo 6

Nueva tarifa plana contratación indefinida

El pasado 28 de Febrero se publicó el Real Decreto Ley 3/2014, de medidas urgentes para el fomento de empleo y la contratación indefinida con las bonificaciones para contratos indefinidos anunciados por el Gobierno el pasado 25/02/2014.

Si bien las nuevas medidas suponen una considerable reducción en los costes sociales de los trabajadores que beneficia a todas las empresas, les indicamos que la «tarifa plana» anunciada no se aplica de forma total para cada trabajador, si no que únicamente afecta a la aportación por contingencias comunes de la Empresa.

A continuación les resumimos las caracterísiticas básicas de la nueva tarifa plana:

  • La tarifa plana sólo es aplicable a la cotización empresarial por contingencias comunes, el resto de conceptos cotizables no se modifican (Desempleo, FOGASA, Formación ni cuota obrera).
  • Se aplica a los nuevos contratos indefinidos que mantengan el empleo neto durante al menos tres años, tanto el indefinido como el total alcanzado con la contratación. Afectará a las contrataciones realizadas desde el 25/02/2014 hasta 31/12/2014.
  • Se podrán beneficiar todas las empresas, sin límites mínimos o máximos de plantilla, e incluye también a los autónomos sin trabajadores hasta ese momento.
  • Afecta tanto a los trabajadores a jornada completa como a los trabajadores a tiempo parcial. En caso de trabajadores a tiempo parcial se aplicará una proporción de forma escalonada:
  1. Jornada de trabajo equivalente al 75% de la jornada completa: 75 euros
  2. Jornada de trabajo equivalente al 50% de la jornada completa: 50 euros

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octubre 24

Retrasos en la devolución de la renta 2012

Este año 2013, la Agencia Tributaria ha agilizado los plazos a devolver y por ello, muchos de los contribuyentes que confirmaron el borrador de la Declaración de la Renta ya han recibido su devolución en la cuenta bancaria a los pocos días. Pero todavía hay muchos contribuyentes que no han cobrado el importe a devolver de la Declaración de la Renta. No obstante, debemos recordar que la Agencia Tributaria tiene de plazo hasta finales de año.

Hacienda tiene una plazo máximo de hasta 6 meses desde que haya finalizado la campaña (es decir, desde el 1 de julio) para poder ordenar la transferencia a favor del contribuyente. Como fecha límite, podrás recibir la devolución de la Declaración de la Renta 2012 hasta el 31 de diciembre de 2013. De lo contrario, Hacienda tendría que pagar intereses de demora tributarios desde el día siguiente a la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene el pago. (más…)

abril 18

El IEE apuesta por retrasar la jubilación a los 70 años

El Instituto de Estudios Económicos (IEE) cree que los Presupuestos Generales del Estado deberían haber sido más severos con los recortes. Este lunes han manifestado su apuesta por reducir aún más algunas prestaciones, como la prestación por desempleo o la pensión de jubilación.

El Instituto considera que hay que seguir avanzando en reformas estructurales de mayor calado, que contribuyan al recorte del gasto, dado que los Presupuestos Generales de 2014 no han sido ambiciosos en este aspecto.

En este sentido, solicitan recortar la prestación por desempleo inicial a cambio de alargar el periodo de cobro de la prestación a los parados de larga duración.
Por otro lado, José Luis Feito, presidente del IEE y responsable de la Comisión de Economía de CEOE, ha señalado en rueda de prensa que sería necesario elevar la edad de jubilación a 70 años y al mismo tiempo establecer 40 años cotizados para cobrar el 100% de la prestación y de 20 años para cobrar el 50%, quien además ha urgido a materializar la reforma de las pensiones profundizando en la proporcionalidad del sistema. (más…)

abril 18

El tribunal constitucional avala el despido de una embarazada durante el periodo de prueba

El Tribunal Constitucional (TC) ha negado el amparo a una trabajadora embarazada que fue despedida tras no superar el periodo de prueba establecido por la empresa en la que trabajaba. El Tribunal entiende que «la circunstancia del embarazo, aunque no sea conocido por la empresa, será causa objetiva de nulidad sólo en caso de despido, y no en el caso de extinción de contrato en periodo de prueba, dada la distinta naturaleza de ambas instituciones».

La sentencia del TC afirma que «mientras que en el despido (tanto disciplinario como por causas objetivas) la ley exige requisitos de forma (por escrito y con expresión de la causa) cuyo incumplimiento acarrea la ilicitud de la decisión extintiva, en cambio, el desistimiento empresarial durante el periodo de prueba no queda sujeto a requisitos formales (pudiendo incluso ser verbal y sin exteriorización de la causa), pudiendo afirmarse que el periodo de prueba supone una clara atenuación del principio de prohibición de la libre extinción del contrato». (más…)